ART. 11º- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS:
Las propuestas serán válidas y obligaran a los proponentes hasta 120 días desde la fecha del Acto de Apertura. Vencido dicho plazo se entenderá que el mismo se prorroga automáticamente y así sucesivamente, de no mediar comunicación escrita en contrario o retiro de la propuesta por el interesado con diez hábiles de antelación.
ART. 12°- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
Siempre que el monto total de lo adjudicado supere el 40 % del tope de la Licitación Abreviada, el adjudicatario podrá constituir una garantía equivalente al 5% del monto de la adjudicación, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la misma. En caso de no hacer uso de la opción y de verificarse incumplimiento se aplicará la multa establecida en el Artículo 64 del TOCAF.
El documento justificativo de la constitución de garantía deberá contener necesariamente el número de la licitación.
Para la realización del Depósito de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, no se admitirán cheques en ninguna de sus modalidades, ni garantías personales. En el caso de garantías en efectivo deben ser depositadas previamente en las cuentas del BROU que se detallan a continuación: CC EN PESOS URUGUAYOS 179-16608; una vez efectuado el mismo deberá presentarse en el Departamento de Tesorería donde se expedirá la constancia respectiva.
EJECUCION DE LA GARANTIA:
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no de cumplimiento a las obligaciones asumidas.
Dostları ilə paylaş: |